Descubra cuándo las empresas deben realizar un estudio de precios de transferencia en Colombia y los cambios en el entorno regulatorio que podrían impactar sus actividades.

Precios de transferencia es un concepto amplio acuñado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que engloba un conjunto de obligaciones para los grupos empresariales multinacionales que desarrollan transacciones comerciales entre sus empresas miembros.

¿Qué es un estudio de precios de transferencia en Colombia?

En su definición más básica de la OCDE, un precio de transferencia es “ un precio, adoptado con fines contables, que se utiliza para valorar transacciones entre empresas afiliadas integradas bajo la misma dirección en niveles artificialmente altos o bajos con el fin de generar un ingreso no especificado”. pago o transferencia de capital entre esas empresas”.

En el desarrollo de esa definición, la OCDE emitió un conjunto de recomendaciones que han sido adoptadas progresivamente por la legislación interna de los países miembros, incluida la de Colombia.

En esencia, las regulaciones de precios de transferencia apuntan a reducir el traslado de ganancias de una jurisdicción a otra a través de transacciones internas dentro de un grupo corporativo. Cualquier transacción realizada con una empresa dentro del mismo grupo empresarial debe realizarse en condiciones de mercado.

¿Quién debe cumplir con la normativa para estudios de precios de transferencia en Colombia y cómo?
Colombia, como miembro recientemente aceptado de la OCDE , ha incluido en su normativa las recomendaciones de la organización en materia de precios de transferencia. El país cuenta con un régimen permanente que las empresas deben cumplir según lo dispuesto por el Código Tributario desde el artículo 260-2 al 260-11.

La DIAN ( Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ) es la autoridad tributaria de Colombia responsable de administrar las regulaciones sobre precios de transferencia en Colombia.

Principio del brazo permanente

El nivel más básico de cumplimiento se aplica a toda empresa que realice transacciones con empresas relacionadas independientemente de su monto. Toda transacción entre partes relacionadas se realizará siguiendo el “principio de brazo permanente”, que exige que toda operación debe realizarse en las mismas condiciones de precio, calidad y cantidad que si se realizara con un tercero no relacionado.

Las empresas que deben cumplir con el principio de brazo permanente incluyen aquellas:

con un patrimonio bruto superior a COP$3.427.000.000 del último año gravable, y/o
un ingreso bruto superior a COP$ 2.090.470.000 en el presente ejercicio gravable, y/o
que realizaron transacciones con partes ubicadas en países con diferentes estándares tributarios o zonas francas

Archivos maestros y locales

El segundo nivel de cumplimiento en materia de precios de transferencia en Colombia se refiere al llenado de los Archivos Maestro y Local . Estos documentos son obligatorios para las empresas obligadas a cumplir con el requisito de Declaración Informativa, que además realicen transacciones con:

empresas relacionadas por encima de la cantidad de COP$ 1.542.150.000, o
terceros no relacionados en países con diferentes normas tributarias por montos superiores a COP$ 342.700.000 durante el período gravable.
Un documento de Archivo Maestro debe describir la composición del grupo multinacional, identificar las empresas matrices y subsidiarias, la ubicación de la sede e incluir la información relevante de las actividades del grupo.

Los archivos locales deben detallar la descripción de cada operación realizada por la empresa contribuyente colombiana con todas las demás empresas dentro del grupo o en otras jurisdicciones, demostrando que cada operación se realizó de conformidad con el régimen de precios de transferencia en Colombia.

Informe país por país
Finalmente, hay un tercer documento denominado Informe País por País . Este informe debe incluir la descripción de los ingresos generados y los impuestos pagados por cada empresa miembro del grupo, más las métricas de desempeño financiero del grupo en su conjunto.

Este último nivel de cumplimiento es obligatorio para los siguientes contribuyentes:

1. Las empresas controladoras (matriz) del Grupo Empresarial Multinacional que:

Son residentes para efectos fiscales en Colombia
Tener empresas relacionadas ubicadas en el extranjero
Son la empresa líder del grupo, lo que significa que no hay otras empresas por encima en la estructura del grupo.
Están obligados a presentar estados financieros consolidados.
Haber acumulado más de COP$2.884.167.000 en ingresos operativos (Consolidado del Grupo)
2. Sociedades no matrices en Colombia que hayan sido designadas por la matriz del Grupo para cumplir con esta obligación.

3. Sociedades no matrices ubicadas en Colombia cuando:

Los ingresos de la empresa representan al menos el 20% de los ingresos totales del grupo.
La empresa matriz aún no ha presentado el informe País por País para esa empresa no matriz en su país de residencia.
Han acumulado más de COP$2.884.167.000 en ingresos operativos (Consolidado del Grupo).